Son aquellas obras o trabajos en viviendas y locales, en los que NO se vean afectados los sistemas estructurales, distribución de espacios, instalaciones generales del edificio, fachadas, cubiertas…, en resumidas cuentas, todos los trabajos de reparación, mantenimiento, modificación y sustitución de solados, alicatados, estucados, escayolas, falsos techos ( solo en vivienda), alisados, enlucidos, instalaciones de fontanería, calefacción y/o climatización, pinturas, mobiliario, carpintería exterior (excepto en edificios protegidos), carpintería interior, supresión de barreras arquitectónicas,…
Comúnmente se entiende como obra menor, toda obra o trabajo interior en la que no se modifican, derriban los tabiques interiores, o sea, no se modifica la distribución de espacios o unidades de la vivienda o local.
La obra menor, como categoría diferenciable de la obra mayor, se caracteriza por ser de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, consistiendo normalmente en pequeñas obras de simple reparación, decoración, ornato o cerramiento que no precisan de proyecto técnico, ni de presupuestos elevados, circunstancias cuya conjunta concurrencia definen el concepto de obra menor.
En ningún caso supone alteración de volumen o de la superficie construida, reestructuración, distribución o modificación sustancial de elementos estructurales, arquitectónicos o comunes de un inmueble, ni modificación del uso objetivo según las Normas Urbanísticas, sino que se presentan como obras interiores o exteriores de pequeña importancia (enlucidos, pavimentación del suelo, revocos interiores, retejados y análogas, cierre o vallado de fincas particulares, anuncios, etc.) que no afectan al diseño exterior, al conjunto de la edificación, ni modifican el número de unidades físicas de viviendas y locales, o las condiciones básicas de habitabilidad o seguridad en el edificio, local o instalación.
Para la obtención de un permiso o licencia de obra menor, se necesitará registrarlo en el Excmo. Ayto. de Zaragoza, de manera telemática o de manera presencial, personalmente o contratando a un profesional (Arquitectos, Arquitectos técnicos,…).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- Acreditación de representación
- Autoliquidación en línea: Tasa por Servicios Urbanísticos / Licencias Urbanísticas / Obra Mayor
- Modelo 5: Costes de Referencia a efectos de la Ordenanza Fiscal 10 y 13: Obras en Viviendas que no requieren técnico
- Memoria incluyendo plano/croquis de la zona de actuación
- Solicitud de Comunicación Previa (Modelo 430)
A continuación, ponemos a su disposición la página web de Urbanismo de Zaragoza, donde está toda la documentación, proceso de tramitación, explicación, tipología, proceso telemático:
http://www.zaragoza.es/ciudad/urbanismo/informa/detalleDocu_GuiaProc?id=75
http://www.zaragoza.es/ciudad/urbanismo/oficina/detalle_Tramite?id=3311