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En todo local o negocio se necesita para poder actuar dentro del inmueble, una licencia de apertura y actividad.
La Licencia de Apertura se exigirá para los establecimientos comerciales e industriales que no precisen licencia de actividad clasificada y tenderá a asegurar que los locales e instalaciones reúnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad. (Art. 232º de la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón).
La comunicación previa es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 23 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Están sujetas a comunicación previa la nueva implantación, apertura o modificación de las actividades en establecimientos comerciales, industriales y de prestación de servicios que no precisen licencia ambiental de actividades clasificadas, sin obras o con obras que pueden ser tramitadas por acto comunicado.
Requisitos:
Comprende todas aquellas actividades de uso comercial, administrativo u otros diversos, que no se encuentran calificadas por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, y que no requieren de licencia de acondicionamiento u obras en el establecimiento para el ejercicio de la misma.
Se distinguen por un lado, las actuaciones comunicadas y por otro las de procedimiento/resolución ordinaria, y éstas últimas, según la documentación requerida en materia de prevención de incendios.
Página web del ayuntamiento relacionada con el proceso de apertura de actividad no clasificada:
Requisitos
Comprende todas aquellas actividades de uso comercial, administrativo u otros diversos, que no se encuentran calificadas por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, y que no requieren de licencia de acondicionamiento u obras en el establecimiento para el ejercicio de la misma.
Se distinguen por un lado, las actuaciones comunicadas y por otro las de procedimiento/resolución ordinaria, y éstas últimas, según la documentación requerida en materia de prevención de incendios.
Tipos
Actividades de uso comercial o administrativo con establecimiento o local situado en planta baja o pisos alzados sin utilización de sótano para el público, con superficie no superior a 200 m2 y aforo inferior a 100 personas.
Actividades de uso comercial o administrativo con establecimiento o local con superficie superior a 200 m2 y resto de usos o actividades no calificadas.
Domicilio social, con la limitación de 10 m2 para el ejercicio de la actividad en la vivienda del titular, pudiéndose solicitar para cualquier planta del edificio.
Cambio de Titularidad.
Documentación necesaria
Acreditación de representación
Autoliquidación en línea: Tasa de Apertura y Actividad.
Declaración de actividad en el domicilio habitual (modelo A4)
Declaración de cambio de titular
Declaración de no estar dado de alta en el IAE
Documentación Técnica Certificada para Comunicación de Apertura (modelo A2)
Documentación Técnica Certificada para Comunicación de Apertura en establecimientos industriales (modelo A3)
Memoria Técnica Certificada para Comunicación de Apertura (modelo A1)
Modelo 036 AEAT
Solicitud de Comunicación Previa (Modelo 430)
La licencia de apertura tendrá por objeto comprobar que la construcción o la reforma y las instalaciones se ajustan íntegramente a las previsiones del Proyecto previamente aprobado por el Ayuntamiento.
Contempla las actividades y establecimientos sujetos a la Ley 11/2005 y Catálogo de establecimientos (Decreto200/2006, de 7 de noviembre)
Página web del ayuntamiento relacionada con el proceso de licencia de funcionamiento de establecimientos públicos:
https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/8404
Enlace de documentación e información para veladores y terrazas:
Tipologia
Actividades sujetas a la Ley 11/2005 y al Catálogo de establecimientos (Decreto 220/2006, de 7 de noviembre).
Las actividades contempladas en el Anexo VII, art. d)1 de la Ley 7/2006 de Protección Ambiental, modificado por el Decreto 74/2011, de 22 de marzo, (actividades de hostelería, siempre que su potencia mecánica instalada no supere los 25 Kw, su superficie sea inferior a 250 m2 y sin equipo de de sonido)
Deberá tenerse en cuenta además la normativa sobre Distancias Mínimas y Zonas Saturadas en el término municipal de Zaragoza.
Las obras e instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico aprobado y las condiciones señaladas en la licencia o autorización.
Cuando, se trate de introducir modificaciones sustanciales en el proyecto presentado, el interesado deberá solicitar nueva licencia, con arreglo a los mismos requisitos que para su otorgamiento (supuestos en el art. 150 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón (RBASO).
La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable.
Están sujetas a declaración responsable la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, incluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.
Se tramitarán por el procedimiento simplificado la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, excluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.
A este proceso de licencia de funcionamiento, se podrá añadir a parte, la documentación para colocación de veladores, terrazas, etc. tanto en vía pública como en zona azul.
Documentación necesaria
Acreditación de representación
Autoliquidación en línea: Tasa de Apertura y Actividad.
Certificado de cumplimiento de la ordenanza de Ruidos y Vibraciones
Certificado final de obra y de instalación
Certificado Instalación Eléctrica de Baja Tensión
Certificados de Homologación
Declaración de no estar dado de alta en el IAE
Declaración responsable (Modelo 440)
Modelo 036 AEAT
Solicitud de Licencias Urbanísticas y otras solicitudes (Modelo 450)
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Vedruna 22
50008, Zaragoza
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22640, Formigal