Firma Digital
En España se legisla por primera vez la firma digital en el año 2003 con la Ley 59/2003 , poco a poco nos hemos ido acostumbrado a digitalizar también este proceso, sobre todo se impulso durante la época COVID , ya que los desplazamientos eran mínimos.
La firma digital sustituye a la firma en papel , siendo de forma digital a través de un ordenador o del móvil, consiguiendo acelerar cualquier tipo de proceso , teniendo la misma validez jurídica que si fuera firmado en papel. Ademas es un servicio cada vez más demandado por los clientes.
En el caso del sector inmobiliario se utiliza para los siguientes contratos:
-Alquiler
-Aceptación de oferta
-Arras
-Modelos de representación
Tipos de firma digital:
Simple: Es la más sencilla , y consiste en introducir un código o marcar una casilla.
Avanzada: Tiene un mayor nivel de seguridad , mediante métodos de identificación biométrico , se lleva a cabo mediante un sencillo trazo.
Cualificada: Es la más segura de todas , necesitando disponer de un certificado cualificado de firma electrónica (DNIE) se suele utilizar para tramites con organismos públicos.
La implantación de la firma digital , solo conlleva beneficios para el sector inmobiliario:
-Máxima seguridad y confianza
-Facilidad en la gestión documental
-Agilidad en la firma, sin necesidad de desplazamiento
-Mejora de los procesos administrativos
Desde ATELIER HOMES se utiliza el programa SIGNATURIT consiguiendo una reducción en los tiempos de firma y una mayor satisfacción por parte de nuestros clientes.